INMEJORABLE UBICACION
10.629 M2 a minutos de Circunvalación.-
44,79 metros de frente sobre Ruta de 4 carriles.-
Servicios: Agua Corriente - Luz
Escritua Real.-
U$D 50 El metro cuadrado.-
Ordenanzas Municipales:
Ocupación del Suelo (Ord 8256)
Las características básicas de regulación por zona según la Normativa de Ocupación vigente deberán respetar también las disposiciones relativas a Línea de Edificación (ver Plano de Retiros) y Centro de Manzana (ver capa de Centro de Manzanas)
Ordenanza Modificatoria Ord. 12483/15
Perfil/Zona: N
Carácter Urbanístico: DESTINADA A LOS USOS RURALES Y ACTIVIDADES INDUSTRIALES PERMITIDAS POR NORMAS EN VIGENCIA. LA VIVIENDA INDIVIDUAL ESTÁ SUJETA A ESTRICTO CONTROL DEL NÚMERO DE UNIDADES
USO RURAL E INDUSTRIAL
FOS % 30
FOT: 0.3
Retiro Frente: USO INDUSTRIAL: 20,00 mts - VIVIENDA USO RURAL: 6,00 mts
Otros Retiros: USO INDUSTRIAL: 20,00 mts en todos los linderos - VIVIENDA USO RURAL: 4,00 mts en todos los linderos
Altura Perímetro Libre
Máxima Cantidad de Pisos Perímetro Libre
Unidades Funcionales: USO INDUSTRIAL: una Viv accesoria c/1000m² - VIVIENDA USO RURAL: 1 Viv por parcela
Uso del Suelo (Ord 8133)
Patrón: IAR
Descripción patrón: Actividades directamente relacionadas con la explotación de los recursos naturales renovables y no renovables en el cual el suelo, las aguas, la flora y la fauna participan como elementos de la misma. Se incluyen las actividades que procesen tales recursos y las que puedan o deban asentarse en áreas rurales.l
Establecimientos Patron I.A.R. (Industria - Area Rural)
Consultar Planilla de Actividades económicas por Patrones
Fraccionamiento (Ord 8060)
Zonificación : 9
Frente mínimo (m): 50
Superficie mínima (m2): 5000
Ord. N° 13131/21 Bases para el Ordenamiento Territorial del Área Intermedia y Periférica
Patrón: U.P Urbano
Descripción: USOS PERIURBANOS PRODUCTIVOS: comprende el espacio en situación de interfaz entre lo urbano y rural, se caracteriza principalmente con actividades de producción rural con orientación agroecológica, actividades Ecoproductivas, recreativas, agro educativas, paisajísticas, industriales de bajo impacto, actividades en relación a la logística de productos, etc. Además, se localizan usos recreativos deportivos (canchas de fútbol, clubes deportivos, circuitos de motos, paintball, etc.) y se contempla la localización de salones de fiestas o afines. El asentamiento de actividades residenciales sólo se permite aquella que fuere accesoria a los usos rurales. Los loteos urbanos existentes deberán controlar su índice de ocupación y realizar faja de resguardo en su perímetro.-
LEGAL: Las medidas son orientativas y las definitivas son las que surgen de la escritura. La descripción del inmueble, servicios y medidas pueden no ajustarse a sus características y medidas reales y/o actuales. Los datos pueden no estar actualizados a la hora de la visualización del aviso. Pueden existir inexactitudes, producto del paso del tiempo. Previo a cualquier operación, el interesado deberá verificar la veracidad de la información ut-supra mencionada, además de la legislación vigente respecto al uso del suelo, ocupación del suelo y fraccionamiento etc.-